Separación física central de la Av Gugliota

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VISTO:

             La necesidad de organizar y regular el funcionamiento del tránsito en la ciudad,  la nota Nº 1556-14 remitida por la Dirección Nacional de Vialidad,  la Nota Nº 4460-14 remitida por la Dirección Provincial de Vialidad y  las facultades que otorga la Ley N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento a los Concejos Deliberante; y

 

CONSIDERANDO:

                                                                                                       

Que la intersección de la calle Quiroga con la Av. Gugliota se ha convertido en un cruce que representa peligro para los vehículos que circulan por dicho sector para  ingresan o egresan al Barrio San Martín,

            Que en virtud de la construcción del estacionamiento junto al nuevo Colegio Secundario, su egreso sobre la Av. Gugliota también representa un sector de riesgo si se atraviesan ambas manos de circulación para retornar al centro de nuestra ciudad,

            Que ante estas situaciones, una solución factible y práctica sería realizar a lo largo de toda la Av. Gugliota una separación física central que divida ambas manos de circulación e impida atravesarlas,

            Que de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Vialidad, esa repartición no tiene jurisdicción sobre la Av. Gugliota,

Que de acuerdo a lo informado por la Dirección Provincial de Vialidad la Av. Gugliota no forma parte de la red caminera provincial, en consecuencia su jurisdicción corresponde a este municipio,

Que el Despacho emitido por la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y la Comisión Administrativa y de Reglamentación, fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 18 de Septiembre de 2014, constando en Acta Nº 14 del Concejo Deliberante;

Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º:Efectuar, a lo largo de toda la Avenida Gugliota, la separación física central que independice las dos manos de circulación existentes.

Artículo 2º:Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 18 de Septiembre de 2014.-

ORDENANZA Nº 23/2014 - GESTIÓN 2011 – 2015

C.P.N. Marcos LADRECHE                                                                        Martín Marcelo ROJAS

            Secretario                                                                                                    Presidente