Remodelación Plaza San Martín

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VISTO:

La Nota Nº 298/2014 elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal y las facultades que otorga la Ley N° 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”; y

CONSIDERANDO:

                                                                                                       

Que mediante la nota antes mencionada el Departamento Ejecutivo solicita autorización para la Remodelación y Refuncionalización de la Plaza San Martín de nuestra ciudad;

Que la plaza central de nuestra ciudad posee fallas, roturas y defectos propios del deterioro por el paso del tiempo;

Que en varios sectores, la plaza carece de herramientas de accesibilidad para personas con movilidad reducida;

Que de acuerdo a lo informado por el Sr. Intendente la obra consistiría en el reordenamiento de las zonas de circulación, agregado de equipamiento urbano, iluminación, riego y solados, siendo financiada por el Gobierno Provincial a través del envío, a este Municipio, de fondos de afectación específica;

Que el Despacho emitido por la Comisión Administrativa y de Reglamentación, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos fue aprobado por mayoría en Sesión Extraordinaria del día 18 de Diciembre de 2014, constando en Acta Nº 20 del Concejo Deliberante;

Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Autorizar la Obra de Remodelación de la Plaza San Martín de la ciudad de Toay.-

Artículo 2º: Créase una Comisión Especial integrada por el Sr. Intendente, la Secretaria de Gobierno y Planificación, el Presidente del Concejo Deliberante y un representante de cada Bloque político. Dicha Comisión estará facultada para establecer el proyecto definitivo de remodelación y refuncionalización de la plaza San Martin de la ciudad de Toay, estudio de las ofertas y preadjudicación, y el monitoreo y seguimiento de la ejecución de la obra.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir las correspondientes rendiciones de cuentas en legajos por separado de las rendiciones de gastos periódicas de este Municipio.-

Artículo 4º:Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 18 de Diciembre de 2014.-

ORDENANZA Nº 39/2014 - GESTIÓN 2011 – 2015

C.P.N. Marcos LADRECHE                                                                        Martín Marcelo ROJAS

            Secretario                                                                                                    Presidente