Derogar la Ordenanza 17/2018 en todos sus términos.

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VISTO:

La Nota N° 119/2018 del Departamento Ejecutivo Municipal, la Ley Provincial Nº 2870, su Decreto Reglamentario, la Ordenanza Nº 1/2016 y el Acta Nº 16 del Consejo Productivo Local, las facultades que otorga la Ley Nº 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 5 de Junio de 2018, el Consejo Productivo Local advirtió que las tomadoras del crédito para la ampliación del Proyecto “Wonderland” escuela de Inglés, son integrantes de la sociedad denominada Alba Clementina Ines y Serradell Ana Valentina Sociedad Ley N° 19.550 Cap. I Sección IV - CUIT N° 30-71541936-6, por lo que indico la modificación de la titularidad del crédito a nombre de la sociedad.

Que, en base a lo expuesto por el Consejo Productivo Local y a fin de subsanar la situación planteada, corresponde que se considere la derogación de la Ordenanza Nº 17/2018, que aprobó el otorgamiento de un crédito en el Marco de la Ley Nº 2870 de Promoción Económica, a las personas físicas indicada;

Que, en Sesión Ordinaria del día 07 de Junio de 2018, fue aprobado sobre tablas, por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, constando en Acta N° 08/2018;

Que, es facultad del Concejo Deliberante sancionar la legislación relacionada a la autorización de la contratación de empréstitos, conforme lo establece el artículo 36 inciso 42º) de la Ley N° 1597;

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA LA PRESENTE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Derogar la Ordenanza Nº 17/2018 en todos sus términos.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 08 de Junio de 2018.-

ORDENANZA Nº 21/2018 - GESTIÓN 2015 - 2019