Presupuesto Ejercicio 2018.
VISTO:
La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018, y las facultades que otorga la Ley 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dotar a la comuna del instrumento legal que le permita su desenvolvimiento en el cumplimiento de sus funciones,
Que, el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo un Proyecto donde consta una estimación de los recursos y un presupuesto de gastos para el corriente año,
Que, resulta necesario implementar las medidas adecuadas a los efectos que la gestión municipal se desenvuelva dentro del marco legal que corresponde,
Que, conforme al artículo 37º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” corresponde al Concejo Deliberante el tratamiento y sanción de la respectiva ordenanza,
,
Que, en Sesión Ordinaria del día 23 de Noviembre de 2017 es aprobado por unanimidad el Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas, constando en Acta N° 20/2017.
Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º): Estímanse los Recursos para el Ejercicio 2018 en la suma de Pesos Ciento Cincuenta Millones Setecientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Veintisiete con S esenta y Siete Centavos ($ 150.751.327,67) y asimismo fíjanse las Erogaciones en la suma de Pesos Ciento Cincuenta Millones Setecientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Veintisiete con S esenta y Siete Centavos ($150.751.327,67) según detalle de los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º): Fíjanse en Doscientos Treinta y Seis (236) el número de cargos totales, discriminados de la siguiente forma:
Departamento Ejecutivo | ||
Funcionarios | 13 | |
Planta Permanente | 113 | |
Contratados Resolución Nº 65/2013 | 45 | |
PM / Programa Municipal | 51 | |
PIL / Entrenamiento | 2 | |
Concejo Deliberante | ||
Funcionarios | 9 | |
Planta Permanente | 2 | |
PM / Programa Municipal | 1 |
La desagregación completa se encuentra en el Anexo III-A.
Fijar el sueldo del Intendente equiparado al de Director General (de la Provincia) y el resto de los porcentajes (de los Funcionarios, Ejecutivos y Deliberativos, contenidos en la Planilla de Escala Salarial) son calculados y ajustados automáticamente, conforme las variaciones de los haberes del Intendente Municipal.
Artículo 3º): Autorízase al Departamento Ejecutivo, con comunicación cuatrimestral al Concejo Deliberante, a disponer reestructuraciones y/o modificaciones presupuestarias dentro de los totales de erogaciones previstos, realizar incorporaciones de recursos y/o financiamiento e incorporar remanentes, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 70º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.
Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.
Toay, 24 de Noviembre de 2017
ORDENANZA Nº 44/2017 GESTIÓN 2015 – 2019