Modifíquese el Código de Ordenamiento Urbano en el Apartado 7.3.3.4.

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VISTO:

La necesidad planteada por los vecinos de la localidad y las facultades otorgadas por la Ley Nº 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Municipio a través de diferentes aéreas ha recibido el planteo de los vecinos del Barrio Lowo Che, respecto a la necesidad de incorporar varios servicios en la zona de la Av. Perón que permita un mayor y mejor desarrollo del lugar.

 

Que, el Código de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Toay, denomina a la Av. Perón como Corredor residencial de media densidad, zona Cr.

Que, la incorporación de servicios en la zona denominada Cr, trae aparejada una mayor comodidad al vecino, que actualmente debe trasladarse varios kilómetros, hasta el casco fundacional de nuestra ciudad tanto para el uso de un cajero automático como para otros servicios que el actual código no contempla.

 

Que, atento a la previsión del Código de Ordenamiento Urbano en el apartado 2.6.1, sumado al interés general y reclamo manifestado por los vecinos y la real necesidad de incorporar nuevos servicios al Corredor Comercial de la Av. Perón es que corresponde solicitar la modificación para su tratamiento del apartado 7.3.3.4, con más la autorización de este uso y el previsto en el apartado 7.4.1 en la zona Cr.

Que, fue aprobado, sobre tablas por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria, del día 28 de Marzo de 2019, constando en Acta N°02/2019;

Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º:Modifíquese el Código de Ordenamiento Urbano en el apartado 7.3.3.4 el que quedará redactado de la siguiente forma: Servicios Financieros, de seguros, de administración y tributarios. Son los establecimientos o locales donde se prestan servicios bancarios o financieros, administrativos, y/o de gestión, además de las actividades de seguros, con manejo de dinero. Comprende a Bancos, Cajas de ahorro, cooperativas de crédito, Compañías de seguro, Casa de cambios, Cajas de crédito, Financieras, Oficina de pagos, Cajeros automáticos, Oficinas administrativas de Empresas privadas, públicas y mixtas, Locales de agencias estatales de Impuestos (Aduana, DGI, Rentas, etc.).

Artículo 2°: Agregar al Anexo IV Planilla de usos según zonas, del Código de Ordenamiento Urbano de Toay, para la zona Cr el uso del apartado 7.3.3.4 y 7.4.1.-

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, 29 de Marzo de 2019

ORDENANZA 26/2019 - GESTIÓN 2015 – 2019