Reducción de Guias para ferias en la ciudad de Toay.

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VISTO:

La Nota N° 74/2019, la Ordenanza N°03/2018 y su Promulgación por Resolución N°46/2018, la Ley Provincial N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento y;

CONSIDERANDO:

Que dicha Ordenanza incentiva la realización de ferias en Toay,

Que es importante incentivar la comercialización de hacienda a través de Remates Ferias en la Ciudad de Toay,

Que históricamente han tenido y tienen relevancia las ferias ganaderas en el ámbito de la actividad agropecuaria de este departamento,

Que actualmente se encuentra vigente la Ordenanza N°65/2018 – Tarifaria para el Ejercicio 2019,

Que en su artículo 10° establece y fija montos a percibir en concepto de “Tasas por control de Marcas y Señales”,

Que este Poder Ejecutivo considera oportuno y necesario generar medidas que favorezcan las condiciones de comercialización de hacienda para los productores locales en las ferias que se realicen en esta localidad de Toay,

Que en tal sentido se propone implementar, durante un lapso determinado y exclusivamente para productores locales, una rebaja o bonificación en el monto de las “Guías de Entrada a Ferias” con el objetivo de promover la realización de Ferias Ganaderas en esta localidad,

Que este Departamento Ejecutivo considera oportuno generar medidas para atraer a posibles compradores de otras jurisdicciones de tal manera que incentive la compra en las ferias que se realicen en la Ciudad,

Que se propone implementar, durante un lapso determinado una rebaja o bonificación en el monto de las “Guías de Salida” solamente para ferias realizadas en Ciudad de Toay,

Que, fue aprobado, sobre tablas por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria, del día 25 de Abril de 2019, constando en Acta N°04/2019;

Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Implementar una reducción equivalente al Cincuenta por Ciento (50%) del monto a que hace referencia el artículo 10°”Tasa por Control de Marcas y Señales de la Ordenanza N°65/2018, “Tarifaria para el Ejercicio 2019”, actualmente en vigencia, exclusivamente para las Guías de Entrada a Ferias que se lleven a cabo en la Ciudad de Toay y que involucren únicamente movimientos de hacienda de productores inscriptos en la Oficina de Guías de la Municipalidad de Toay.-

Artículo 2º: Implementar una Reducción equivalente al Quince por ciento (15%) del monto a que hace referencia el artículo 10° ”Tasa por Control de Marcas y Señales de la Ordenanza N°65/2018, “Tarifaria para el Ejercicio 2019”, actualmente en vigencia, exclusivamente para las Guías de Salida, para Ferias que se lleven a cabo en la Ciudad de Toay.-

Artículo 3º: La vigencia del presente será retroactivo al día 01/01/2019 hasta el día 31/12/2019, ambos inclusive.-

Artículo 4º: La firma consignataria de hacienda deberá proceder observando los procedimientos, requisitos y plazos que se encuentran textados en los artículos 11° a 14° de la citada Ordenanza.-

Artículo 5º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

Toay, La Pampa, 26 Abril de 2019

ORDENANZA 38/2019 - GESTIÓN 2015 – 2019