Autorícese la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2019.

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VISTO:

La Nota N° 64/2019 del Departamento Ejecutivo Municipal, el Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la Ley Provincial de Descentralización Nº 2461, de nuestra Provincia, las facultades que otorga la Ley Provincial N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento; y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta Nº 14, otorgar para el año 2019 la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00) por localidad, correspondientes al Programa Soluciones Habitacionales,

Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas,

Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido,

Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta Ciudad,

Que, fue aprobado, sobre tablas por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria, del día 11 de Abril de 2019, constando en Acta N°03/2019;

Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Autorícese la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización, para el año 2019.-

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

Toay, 12 Abril de 2019

ORDENANZA 37/2019 - GESTIÓN 2015 – 2019