Autorizar consorcio vecinal de gas en calle: Uspallata y Urquiza.

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VISTO:

La Nota N° 127/2019 del Departamento Ejecutivo Municipal y la Ley Provincial N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la misma se solicita autorización para realizar la apertura de zanjas para la ejecución de la obra pública de extensión de red de gas a la Empresa NISCA CONSTRUCCIONES S.R.L.

Que fue constituido formalmente el Consorcio Vecinal, integrado por las siguientes personas: Presidente: ISABELLA Ricardo Gabriel D.N.I N° 29.176.509 Secretario: SCHWALIE Hugo Aníbal D.N.I N° 14.650.650 para realizar la obra de extensión de red de gas y la correspondiente apertura de zanja en las calles Uspallata y Urquiza, según Expediente Nº 240- OP/19, de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Toay en Ejido 046 – Circunscripción I - Radio f – Manz. 46 – Parc. 12 y 13, con anteproyecto N° 22-006174-00-19, de Camuzzi Gas Pampeana.

Que, fue aprobado, sobre tablas por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria, del día 04 de Julio de 2019, constando en Acta N°08/2019;

Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1°: Autorizar al Consorcio Vecinal integrado por: Presidente: ISABELLA Ricardo Gabriel D.N.I N° 29.176.509 Secretario: SCHWALIE Hugo Aníbal D.N.I N° 14.650.650 para realizar la obra de extensión de red de gas y la correspondiente apertura de zanja en las calles en las calles Uspallata y Urquiza , según Expediente Nº 240- OP/19, de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Toay en Ejido 046 – Circunscripción I - Radio f – Manz. 46 – Parc. 12 y 13, con anteproyecto N° 22-006174-00-19, de Camuzzi Gas Pampeana a realizarse a través de la Empresa NISCA CONSTRUCCIONES S.R.L.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

Toay, La Pampa, 04 de Julio de 2019

ORDENANZA 60/2019 - GESTIÓN 2015 – 2019