Unificación de Multas en el Codigo Regional de Faltas

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VISTO: 
            

La Ordenanza Nº 22/08, el Título XII del Código de Faltas vigente y la continua comisión de infracciones en la construcción local y las facultades que otorga la Ley 1597 Orgánica de Municipalidades y comisiones de Fomento y;

CONSIDERANDO:

            Que se encuentra en vigencia el Código de Faltas sancionado mediante Ordenanza Municipal N° 77/2004 y sus modificatorias;

Que el Departamento Ejecutivo, en trabajo conjunto con la Sra. Jueza de Faltas, advierte que existen normativas diversas que legislan las in-fracciones al Código Urbanístico aplicable en nuestra ciudad;

Que tanto la Ordenanza Tarifaria como el Código de Faltas se refieren a idénticas infracciones con distintas penalidades;

Que a los efectos de aportar claridad al momento de su aplicación, sobre todo a los vecinos destinatarios de las normas citadas, se plantea la necesidad de unificar criterios en cuanto a la tipificación de las contravenciones;

Que el Despacho emitido por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y la Comisión Administrativa y de Reglamentación fue aprobado por  unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de Mayo de 2015, constando en Acta Nº 6 del Concejo Deliberante;

             Que es facultad de este Organismo al dictado de la presente,

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º:Derogar la Ordenanza 22/08, de fecha 08 de Mayo de 2008.-

Artículo 2º:La presente Ordenanza y las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, establecen que las sanciones (MULTAS) aplicables a las faltas tipificadas en los artículos 102, 103, 104 y 105 del  Título XII del Código de Faltas, serán las establecidas en la Ordenanza Tarifaria vigente al momento de dictarse la sentencia correspondiente en la causa contravencional.

Artículo 3º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de los 60 días de su promulgación.-

Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 14 de Mayo de 2015.-

ORDENANZA Nº 11/2015 - GESTIÓN 2011 - 2015