Aprobar la Cuenta de Inversión  del Ejercio Económico Financiero 2016.

Descargar

 

VISTO:

        Nota N° 49/2017 y el Artículo 39°, Título II, Capítulo I, Sección Tercera de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, y;

CONSIDERANDO:

            Que, el citado texto legal, en su primera parte establece que “corresponde al Concejo Deliberante aprobar o rechazar la cuenta de inversión del ejercicio anterior, la que será presentada por el Departamento Ejecutivo antes del 31 de Marzo de cada año”;

          Que, se ha tenido especial atención a lo dispuesto por la contaduría General de la Provincia, en relación al artículo 1° -in fine- de la Ley 930 “Introduciendo modificaciones a la Ley N° 3 de Contabilidad”, por el cual se establece que dicho organismo dictará las normas y modelo para la preparación de la Cuenta de Inversión;

        Que, se han observado los criterios estadísticos científicos, racionales, ciertos, probables obtenidos de una forma lógica y verificados en su contrastación con la realidad, como así también razonamientos de observación, verificación, formulación y resolución de hipótesis;

          Que, el despacho de Hacienda, Presupuesto y Cuentas fue aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria del día 12 de Octubre de 2017 constando en Acta N° 17/2017;

         Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;         

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

-------------------------------------------------------------

Artículo 1º: : Aprobar la CUENTA DE INVERSIÓN del Ejercicio Económico Financiero 2016, conforme lo estatuido por el artículo 39° de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.

      

Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

Toay, 13 de Octubre de 2017

ORDENANZA 34/2017 GESTIÓN 2015 – 2019